Mi eViaje a eChile! [Caso Pauakume el Sexy]

Day 2,274, 00:37 Published in Mexico Mexico by Civis Mortuis


Buen día eMéxicanos (y quien me lea)!

Esta publicación contiene imágenes reales (a diferencia de los anteriores)

Como ya saben en días pasados estuve publicando unos artículos con imágenes (pido disculpas a Evans por ponerlo en una imagen junto con Juanisimo)... pues bueno, pues para seguir con mis investigaciones de desinformación decidí eViajar a eChile, lo cual no pude concretar por motivos que en unos momentos les platicare.

También en mi eViaje me encontré en la aduana con Capitán Sevilla!
nos regresaron por donde vinimos a ambos, mas sin embargo me encontré con la sorpresa de que tenia un caso abierto en eChile!



Como podrán ver, aquí esta un comunicado en el cual se me notifica que tengo 24 horas para presentar mi defensa... en un foro al cual no tengo acceso... de un tema el cual no puedo ver... así que se me entregaron imágenes del tema para presentar mi defensa, pero bueno, analicemos las imágenes:


Primero: Me está queriendo acusar, como ahí dice, por una petición de ciudadanía (o por lo menos su forma de redactar da a entender eso) ¿Será acaso que ahora es ilegal pedir ciudadanías?

Segundo: Difamo y deterioro las relaciones entre Chile y México... ¿Difamar las relaciones de eChile y eMéxico? Para empezar lo que yo hice no fue difamación, es ¨Libelo¨ (que es el escrito en que se denigra o infama a alguien o algo) así que desde ahí empezaron mal el caso, y a las únicas personas que podrían verse afectadas si acaso son: Miembros de La Hermandad, Daanitha, Evans, D4rk WolF y LexoAzul Renovatio, son personajes específicos y si por personajes específicos se deteriora una relación con un país completo, algo está mal en el equipo de Relaciones Exteriores (que yo no tengo nada que ver con ellos). Ponte a trabajar Radamanthys 😛

Tercero: Se menciona ¨para ser un poco más legal en el asunto¨ ¿ósea que la persona que solicita mi sanción no es legal? si no es legal ¿Puede solicitar una sanción en contra mía mal redactada y en fundamentos vagos?

Bueno, pasemos a la segunda imagen:


Las pruebas... ¿las pruebas de que pedí ciudadanía? Uy que malote... Pauakume pidió ciudadanía, hay que aplicarle una sanción MUY GRAVE... que malote soy:3!

Aquí vemos cómo cambia sus argumentos en contra mía pasando de ¨difamo y deterioro las relaciones entre Chile y México¨ a que ¨atento contra la soberanía política y social...¨ Sera acaso que son dos juicios diferentes, o una persona que escribió ¨a ver como queda¨

No sé qué entienda él por soberanía pero creo incapaz que una persona en específico de quitar la soberanía de un país ya que esta es el poder que se manifiesta en dos direcciones distintas del Estado, según se expresa ¨hacia afuera¨ o ¨hacia adentro¨, ósea la soberanía interna que es la capacidad que goza el estado para actuar legítimamente, ósea que tienen el poder de crear, modificar y hacer valer decisiones sobre el pueblo.
Y la externa entendida como la capacidad para conducirse con independencia y ser tratado como igual en el ámbito internacional.

Entonces por lógica es imposible que una persona pueda amenazar la soberanía de un país (y menos sin la intención de esta) siendo este ciudadano de otro país... y no se tiene pruebas de que así sea.

Imagen tres:

Creo que no hay mucho que decir... una infraccion cometida por un extranjero... ¿ósea que un extranjero puede infringir la ley de otro país aun estando fuera de este? Creo que ya no tomare cerveza hasta los 21, no vaya ser que me manden a la cárcel cuando cruce a USA por tomar teniendo 19... (si tengo 19 aunque no parezca :3)


Gracias a esto me están dando derecho de replica (aunque no puedo presentar mi defensa escrita en el mismo tema ya que no tengo permisos en el foro)

Pero bueno, al parecer me quieren aplicar este REGLAMENTO

Título Décimo. Potestad Disciplinaria
Artículo 47.
Se considerará como infracciones Graves al presente reglamento, por parte de cualquier persona, las amenazas comprobables en contra de eChile y su soberanía política, militar, económica y social.

Se incluye en esta categoría, el uso negligente de una Organización en comodato o arriendo, según lo estipulado en los artículos 9 y 10 de la Ley General Nº 2. De las Organizaciones.

Será considerada una infracción Grave otorgar una ciudadanía a un postulante de un país con que Chile esté en guerra o a un postulante que esté en el listado de Ciudadanos Non Gratos.

Será considerada una infracción Grave que un congresista venda u ofrezca en venta el otorgamiento de una ciudadanía.

Será considerada como infracción Grave acumular tres infracciones Medianas no sancionadas previamente.


Pero bueno, viendo el reglamento que me quieren aplicar yo me puedo basar en el para defenderme

Para mi defensa final me baso en el
Titulo duodécimo. Del Reglamento.
Articulo 52 El presente Reglamento regirá a todos los congresistas en ejercicio desde el día 20 de enero de 2013 en adelante, dejando sin efecto cualquier otro reglamento anterior

Donde se da por entendido que el reglamento donde se encuentra el artículo por el cual se me está pidiendo sanción (Titulo Decimo. Potestad disciplinaría. Artículo 47) no es válido para más personal que TODOS LOS CONGRESISTAS EN EJERCICIO, por lo cual me baso en que yo no soy congresista, les recomendaría en todo caso hacer un cambio al reglamento donde se especifique a quienes se aplica el reglamento o si es para eChile en general y en todo caso que también fuera valido para ciudadanos de otros países, mandarlo a firma con el país en cuestión para darle validez formal a este.

Este es mi caso, y así presente mi defensa...

Sin más por el momento me despido.

Saludos
Que pasen buen día o>

Pauakume

Sexy Acusado!.