[MinHacienda] Plan de Impuestos Devueltos a Asalariados (PIDA)
Ministerio de Hacienda
Cordial saludo a todos los colombianos.
Tal y como se anuncio en el artículo sobre el presupuesto para Diciembre, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público da inicio oficial al Plan de Impuestos Devueltos a Asalariados (PIDA). Por medio de este plan, se procede con la devolución tributaria a todos los empleados colombianos de lo que recaudó el Estado a estos por concepto del Impuesto al Trabajo, con el fin de garantizar la progresividad del gravamen y mejorar el poder adquisitivo del trabajador colombiano.
Las instrucciones son las siguientes:
1. El empleado colombiano debe solicitarle a su empleador el siguiente pantallazo:
En dicha imagen, debe aparecer el trabajo realizado por el empleado durante 7 días (lo cual se ilustra por 7 muñecos verdes en forma contínua en el espacio designado abajo del recuadro rojo). Si por alguna razón el empleador no puede obtener ese pantallazo, el empleado deberá sacar un pantallazo al día durante siete días con la siguiente imagen:
No tienen que ocultar al empleador. Lo hago por motivos de seguridad.
Es importante que la imagen contenga los datos en recuadro rojo. Estos son, el nombre del ciudadano y la fecha y hora eR en la que se toman dichos pantallazos.
2. Los pantallazos deben ser enviados vía mensaje privado al correo institucional o a mi cuenta particular para el respectivo control.
3. El día Sábado 2 de Enero se realizará la devolución correspondiente con los pantallazos cuya fuente sea el empleador.
4. El día Martes 5 de Enero (y con extensión hasta el día 6 hasta las 9 de la mañana, hora colombiana) se realizará la devolución correspondiente con los pantallazos cuya fuente sea el empleado.
Normas e Información Importante.
1. El plan solo aplica a empleados colombianos.
2. El plan solo aplica a empleados que trabajen en fábricas colombianas. Ergo, quedan excluidos los colombianos que trabajen en empresas foráneas.
3. El plan solo aplica para el trabajo diario y no al trabajo realizado por horas (Overwork), debido a que este trabajo no está gravado con el impuesto.
4. La devolución se pagará proporcionalmente a los días trabajados. Si un empleado solo puede probar, mediante los pantallazos, que trabajó durante 4 días, se le devolverá lo correspondiente a 4 días laborales.
5. Recalcamos de nuevo la importancia de que el nombre del ciudadano y la fecha y hora estén incluidos en el pantallazo. Pantallazo que no cumpla con esos requisitos será considerado invalido para beneficiarse del plan.
Que la prosperidad los acompañe.
Demonaire Rai
Ministro de Hacienda y Crédito Público.
Francisco de Paula S A N T A N D E R
Viceministro de Control y Vigilancia.
Comments
El trabajo extra (Overwork) también esta gravado
¿Seguro?
seguro
http://www.erepublik.com/en/article/creedence-clearwater-revival-historia-y-leyenda--2573989/1/20
Buenas tardes amig@s.
Votado saludos.
no existe alguna ley para callar al gato legulele ??
Pues pa esa gracias, bajemos el impuesto a cero!!
¿Entiende la diferencia entre empleador y empleado?
cobrar un impuesto para luego devolverlo del mismo modo y sin valor agregado?, no seria mejor bajar el impuesto, eso si seria progresivo y mas democrático!!
No, porque el impuesto se lo mantengo a los que tienen fábricas, y no a los trabajadores de ellas.
Si aún existiera el impuesto a las ganancias y este coexistiera con el del trabajo, el primero estaría en cero y el segundo no. Con esto precisamente aseguró la progresividad de un impuesto que, por su mismo diseño, no tiene en cuenta la capacidad económica de las personas.
No se ve la muestra de los pantallazos
?
No se puede mostrar la imagen “http://i.imgur.com/xkIS7Tq.png” porque contiene errores.
Pues yo la veo con clarida😛 http://prntscr.com/9knvr7
Si, no se ven las imágenes del articulo!!
Voy a reimprimir las imágenes.
usted se encarga de mis impuestos?
Ya cambie las imagenes.
http://i.imgur.com/QdNrS4P.png